Consejo de Estado confirma la elección del Gobernador de Nariño y aclara los límites de la doble militancia

Consejo de Estado confirma la elección del Gobernador de Nariño y aclara los límites de la doble militancia

El Consejo de Estado, mediante sentencia del 27 de febrero de 2025, negó la demanda de nulidad electoral presentada contra la elección de Luis Alfonso Escobar Jaramillo como gobernador del departamento de Nariño. La acción judicial argumentaba que el mandatario había incurrido en doble militancia en la modalidad de apoyo, al supuestamente respaldar a un candidato diferente al avalado por su coalición para la Alcaldía de Pasto. Sin embargo, el alto tribunal concluyó que no existieron pruebas suficientes que demostraran una transgresión a las normas electorales.

Este fallo reafirma el criterio jurisprudencial de que la doble militancia debe estar sustentada en actos positivos, directos e inequívocos de apoyo y no en meras coincidencias en eventos políticos.

La Demanda de Yolanda del Socorro Bolaños

Para entender el caso, es importante explicar en qué consiste la doble militancia en la modalidad de apoyo. Según la Constitución y la Ley Estatutaria 1475 de 2011, esta figura prohíbe a los candidatos respaldados por un partido o coalición política promover la candidatura de aspirantes que no hayan sido inscritos por su propia colectividad. Esto busca evitar que los dirigentes traicionen los lineamientos de sus partidos o generen confusión entre los electores.

En este caso, la demandante, Yolanda del Socorro Bolaños, alegó que Escobar Jaramillo, quien fue postulado a la Gobernación de Nariño por la coalición Pacto Histórico – Colombia Puede, habría respaldado la candidatura de Nicolás Toro Muñoz a la Alcaldía de Pasto. La controversia surgía porque la misma coalición ya había inscrito a Jimmy Pedreros Narváez para dicho cargo, por lo que cualquier apoyo a otro aspirante podría interpretarse como una deslealtad política.

Según la demanda, el gobernador electo asistió a reuniones públicas donde coincidía con Nicolás Toro Muñoz, lo que para la parte actora constituía una muestra clara de respaldo político. La demandante aportó videos y fotografías de tres eventos específicos, celebrados el 22 de septiembre, 6 de octubre y 9 de octubre de 2023, donde según ella, el demandado presuntamente envió un mensaje implícito de apoyo a Toro Muñoz.

Análisis del Consejo de Estado

Para determinar si efectivamente se configuró la doble militancia, el Consejo de Estado realizó un análisis detallado de las pruebas y de los criterios jurídicos aplicables. El alto tribunal recordó que para que se configure esta infracción deben cumplirse tres elementos esenciales:

  • Que el acusado sea un candidato o dirigente político afiliado a un partido o coalición.
  • Que la colectividad política a la que pertenece haya inscrito un candidato propio al cargo en disputa.
  • Que existan actos positivos, claros e inequívocos de respaldo a un candidato de otra colectividad.

Si bien los dos primeros elementos se cumplieron, el Consejo de Estado determinó que no se probó la existencia del tercero, es decir, no se evidenciaron actos inequívocos de apoyo a Nicolás Toro Muñoz.

En el análisis de los videos y fotografías presentadas, el tribunal concluyó que la sola presencia de Escobar Jaramillo en reuniones donde también estaba Toro Muñoz no constituye, por sí misma, doble militancia. Para que la prohibición operara, era necesario demostrar que el demandado realizó actos directos de apoyo, como discursos públicos llamando a votar por Toro Muñoz, apariciones conjuntas en publicidad política o manifestaciones claras de respaldo, lo cual no se acreditó en el proceso.

Asimismo, el Consejo de Estado estableció que la publicidad conjunta en eventos políticos no es suficiente para demostrar doble militancia, salvo que se pruebe que el acusado financió, organizó o participó activamente en la promoción de la candidatura adversaria. Además, indicó que la coincidencia en espacios públicos es común en el ejercicio político, especialmente en eventos proselitistas abiertos.

El fallo también desestimó los argumentos de la parte demandante respecto a la supuesta organización de eventos por parte de Escobar Jaramillo en favor de Toro Muñoz. El tribunal señaló que tales afirmaciones no fueron respaldadas con pruebas contundentes y que, en cualquier caso, el demandado no realizó manifestaciones expresas de respaldo.

Conclusiones del Debate Judicial

Con base en estas consideraciones, el Consejo de Estado resolvió negar la nulidad de la elección de Luis Alfonso Escobar Jaramillo como gobernador de Nariño, dejando en firme su mandato. El tribunal enfatizó que la doble militancia no puede presumirse con base en meras coincidencias en eventos públicos, sino que debe probarse con actos claros y determinantes de apoyo a un candidato ajeno a la colectividad.

Este fallo representa un precedente importante en materia electoral, al reforzar el criterio de que la prohibición de doble militancia debe interpretarse de manera restrictiva y no puede

utilizarse para invalidar elecciones sin pruebas contundentes. Además, brinda seguridad jurídica a los candidatos y partidos, garantizando que su accionar sea evaluado con base en hechos objetivos y verificables.

Con esta decisión, el Consejo de Estado reafirma su compromiso con el respeto al debido proceso y la estabilidad democrática, evitando que las controversias políticas sean resueltas mediante interpretaciones amplias y subjetivas de la legislación electoral.

Mensaje de SINTRAGOBERNAR al Señor Gobernador

Desde nuestra tribuna sindical, expresamos un saludo de felicitación al doctor Luis Alfonso Escobar Jaramillo, gobernador del departamento de Nariño, por este importante triunfo judicial que ratifica su legítima elección y el respaldo popular recibido en las urnas.

Este fallo del Consejo de Estado es una manifestación del respeto por la democracia y la institucionalidad, principios fundamentales que garantizan la estabilidad y el desarrollo de nuestro territorio.

Reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de la justicia, la transparencia y el respeto a los derechos democráticos, valores que deben regir cualquier proceso electoral. Confiamos en que su gestión continúe enfocada en la consolidación de políticas públicas que impulsen el crecimiento social y económico de Nariño.

Que este respaldo judicial sea también un compromiso renovado con el pueblo nariñense y un incentivo para fortalecer el diálogo social, la inclusión y la equidad en la región.

Desde el movimiento sindical, estaremos atentos y dispuestos a trabajar en conjunto por una gobernanza justa y participativa que garantice el progreso para todos.